domingo, 11 de diciembre de 2022

10.- Año 1837 (Gaceta de Madrid nº. 803)


En La Gaceta de Madrid (precursora del actual  BOE) se publicaba con algo más de retraso la tasación de la citada finca del convento de San Pedro Mártir, primera de la que tenemos constancia del proceso desamortizador en Burguillos.

Si con el Decreto de octubre de 1835 quedaban suprimidas las órdenes religiosas regulares, con el Real Decreto Declarando la Venta de Bienes del Clero del 19 de febrero de 1836 que se cita en este ejemplar, quedaba establecido el proceso de Desamortización, es decir, la expropiación por parte del Estado de todos sus bienes raíces, rentas y derechos, y una vez convertidos en bienes nacionales poder proceder a su venta a particulares en subasta pública.

El artículo 3º de este Real Decreto establecía que había de elaborarse un reglamento sobre el modo de proceder a la venta de estos bienes y por eso se publicó con fecha 1 de marzo de 1836 la Instrucción correspondiente. En ella quedarían establecidas lo que serían la Junta de Ventas y la Dirección General de Rentas y Arbitrios de Amortización que se encargarían de su enajenación.

Como el artículo 4º del R.D. de Febrero de 1836 indicaba que "cualquier español o extranjero tendrá facultad para pedir por escrito al intendente de la provincia que disponga la tasación de la finca o fincas que designare entre las que todavía no hubieran sido tasadas" es por lo que en el artículo 4 de la Instrucción de Marzo de 1837 se establecía la necesidad de formar un registro general, clasificado por provincias, "de todas las fincas o propiedades que deban pertenecer a la nación" con expresión del establecimiento al que correspondían, Estas listas se actualizaban cada quince días y a medida que se iban recibiendo, la Junta de Bienes Nacionales los iba publicando.

Una vez que se solicitaba la tasación de las fincas, se anunciaba en los boletines correspondientes, como es este caso y la misma había de realizarse dentro de los ocho días siguientes al de la solicitud (art. 13 de la Instrucción).

Es interesante observar cómo si en el ámbito provincial la finca de los dominicos hacía la número 60, a nivel nacional era la 3796 de esa relación elaborada con arreglo al artículo 4 de la Instrucción de Marzo de 1837, y debió ser la primera de Burguillos por la que alguien manifestó interés en su adquisición.

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