La Ley 4/1990, de 30 de mayo, del Patrimonio Histórico de Castilla-La Mancha, fue la primera Ley que vino a regular, con carácter general, el Patrimonio Histórico de la región. No obstante, dependía fuertemente de la normativa estatal, en otros contenidos tales como categorías de protección, procedimientos de inclusión de bienes en tales categorías y régimen legal de protección.
Así, durante sus veinte años de vigencia, dicha normativa autonómica ha venido aplicándose, conjuntamente con la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, lo que ha ocasionado no pocos problemas ya que ninguna de estas leyes se han adaptado a los cambios operados en el Ordenamiento Jurídico por leyes posteriores así como a los cambios producidos en la práctica diaria de la gestión del patrimonio histórico.
Una primera razón que justifica la aprobación de una nueva Ley es la necesidad de actualizar el concepto de Patrimonio Cultural de manera que el mismo comprenda en un sentido amplio el valor histórico, artístico, arqueológico, paleontológico, etnográfico, industrial, científico y técnico, ya reconocidos en la norma anterior. Actualización que también se pretende conseguir con la extensión de dicho concepto al denominado patrimonio inmaterial (manifestaciones orales e inmateriales), en el sentido marcado por la Unesco.
Por otro lado, con el objeto de ofrecer las máximas garantías en la conservación y divulgación del patrimonio cultural de Castilla-La Mancha, se prevé elaborar un Catálogo del Patrimonio Cultural y regular el Inventario del Patrimonio. Ambos garantizarán el adecuado registro y documentación de todos los bienes de la comunidad autónoma de forma indubitada y precisa. Asimismo, se creará un Consejo Regional del Patrimonio Cultural como órgano consultivo en materia de patrimonio y una Junta de Valoración de Bienes del Patrimonio Cultural como órgano asesor de la Administración regional para valorar los respectivos bienes culturales. Por último, la Ley se dota de un nuevo régimen de inspección así como de un completo procedimiento sancionador para velar por el adecuado cumplimiento de la norma con multas que van desde los 60.000 euros para las faltas leves al millón de euros de las infracciones muy graves.
El primer borrador de este Anteproyecto de Ley de Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha fue aprobado por el Consejo de Gobierno el pasado 4 de abril y el período de información pública para presentar alegaciones de personas o colectivos interesados comenzó el 3 de mayo y estuvo abierto hasta el pasado 30 de mayo.
Fuente: La Tribuna de Toledo.
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