Celebramos
este año el bicentenario de la promulgación de la Constitución española de
1812, más conocida como la Pepa;
y con ella, la formación del primer ayuntamiento independiente y constitucional
de Burguillos. Hasta ese momento, la ciudad de Toledo había venido ejerciendo
su autoridad a través de dos regidores pedáneos, elegidos anualmente de entre
los ricos herederos que aquí tenían sus propiedades.
La
llegada del régimen liberal supondría un soplo de aire fresco para los pueblos
de realengo, ordenándose en la propia Constitución la formación de
ayuntamientos, en aquellos lugares en que no los hubiere, como era el caso de
Burguillos. La elección de sus alcaldes y regidores debía hacerse entre los
ciudadanos de cada pueblo, por votación, aunque su población no pasara de
doscientos vecinos. No tardaría, por tanto, el pueblo de Burguillos en
reivindicar su independencia de la ciudad y la constitución de su propio
ayuntamiento, culminando este proceso con el acto de jura de la gloriosa Constitución de Cádiz, que tuvo lugar
el 13 de septiembre de 1812.
“...
habiéndose recibido en este pueblo la Constitución Política de la Monarquía,
por el señor Julián Martín y Francisco Gómez, respectivos Alcalde y Regidor, de
este lugar, se dispuso, con asistencia de los demás señores Concejales y Cura
Párroco, anunciar al público tan plausible noticia, con Repique general de
Campanas, Iluminaciones continuas por tres noches, con otras varias
demostraciones de regocijo; y
habiéndose juntado en la casa morada del señor Alcalde un crecido
acompañamiento, tanto de este pueblo, como de la ciudad de Toledo, por ser
inmediación, y llevados de gran patriotismo, acudieron a tan solemne función,
para lo cual estaba colocada la Constitución en una mesa y azafate ricamente
adornada. Y tomando ésta dicho señor Alcalde, se dirigió a la Plaza Mayor, por
no haber casas consistoriales, con la referida comitiva, y llegando a ella se
colocó el azafate en una mesa, que al efecto estaba preparada sobre un
magnífico tablado, con colgaduras de varias clases, y colocándose dicho
acompañamiento, cada uno en sus respectivos lugares, colocó el señor alcalde el
azafate con la Constitución en la mesa, y volviéndola a tomar, la abrió y dijo
el primer Capítulo, y entregándosela a mí, el nominal fiel de fechos, la leí
desde el principio hasta el fin, y concluida la lectura la volví a depositar en
su lugar, y en forma de procesión nos dirigimos con mucho orden a la Iglesia
Parroquial, siendo muchos los vivas y aclamaciones de toda clase de gentes,
como también muchos tiros de escopeta.
Y
habiendo llegado a dicha parroquia y colocada la Constitución en la forma que
estaba expresado, en una mesa que también, al efecto, se había preparado,
compuesta y ordenada grandemente, al instante principió el señor Cura la misa,
con mucha solemnidad, estando manifiesto el Santísimo Sacramento, y llegando al
Ofertorio, yo, el referido Escribano de dicho lugar, subí al Púlpito con la
Constitución y en alta e inteligible voz leí algunos capítulos, y concluida
ésta lectura, por el mismo señor cura se echó una breve plática, propia del
asunto.
Concluida
la Misa, se procedió al juramento prevenido por la misma Constitución, según y
en los términos que se previene, tomándosela los señores Alcaldes, el uno a el
otro, y puestas las manos en un Misal, sobre los Santos Evangelios, y prestado
que fue por dichos señores y cura párroco, se recibieron a todo el pueblo que
se hallaba congregado, y dicha la fórmula prevenida, respondió todo el concurso
con mucho fervor: Sí, juro.
Se
cantó un solemne Te Deum y concluidas estas ceremonias, se volvió a formar de
nuevo el acompañamiento, y tomando uno de dichos señores la Constitución, con el
azafate, se dirigió dicha comitiva a la Casa de el señor Alcalde, en donde se
depositó, y en segunda, se sirvió un refresco para el concurso; y que continuó
la Iluminación y divertimentos, en obsequio de la Constitución y de nuestro
Augusto Monarca Fernando Séptimo...”
De
esta manera describía Anselmo Rodríguez, por aquel entonces escribano o “fiel
de fechos” de Burguillos, estos actos que, pueblo a pueblo se iban
repitiendo de manera reiterada y que tanta trascendencia tendrían en el devenir
futuro de la localidad (el documento se conserva en el archivo del Congreso de
los Diputados de Madrid).
Más
tarde, con el restablecimiento de la Monarquía absoluta de 1814, serían
disueltos los ayuntamientos constitucionales y el de Burguillos puesto en duda
por el de la ciudad de Toledo, reivindicando de esta manera sus antiguos
privilegios. Sin embargo, no duraría mucho tiempo esta situación, ya que, la
llegada del Trienio Liberal en el año 1820, obligaría a Fernando VII a
restaurarlos de nuevo y a reconocer este régimen local –concebido como
liberación de los antiguos señoríos de realengo y jurisdiccionales-, cuya
expresión formal es el Ayuntamiento.
Fue, por tanto, gracias a la consolidación de este nuevo régimen, cómo los
vecinos de Burguillos consiguieron liberarse de tantos siglos de dependencia de
la ciudad de Toledo. Y como símbolo de autonomía y de su propia autoridad
jurisdiccional, recién conseguida, decidieron erigir, en la renombrada Plaza de
la Constitución, el rollo renacentista (conocido popularmente como la Cruz) que ha llegado a
nuestros días.
Enhorabuena por este buen artículo que nos ayuda a conocer mejor la historia de Burguillos de Toledo
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